El oficial electoral en el sistema italiano es el órgano del municipio a cargo de la Oficina Electoral. Coincide con la Comisión Electoral Municipal, que debe estar presente en cada municipio (art. 4-bis de la D. P. R. 20 Marzo 1967 n. 223). La disciplina actual sobre el oficial electoral está contenida en el Título II de la D. P. R. 20 Marzo 1967, norte. 223 (aprobación del texto único de las leyes para la disciplina del electorado activo y para el mantenimiento y revisión de las listas electorales).
La Comisión Electoral es elegida por el ayuntamiento por derecho propio, de modo que la minoría también está representada, y permanece en el cargo hasta la elección de la elegida por el nuevo consejo. Está compuesto por el alcalde o quien lo sustituye (tenedor de alcalde, concejal senior, comisionado de prefectura), quien lo preside, y por: La Ley 24 de diciembre de 2007 n. 244 (ley financiera 2008) ha establecido que en los municipios con población inferior a 15. La Comisión Electoral podrá delegar y revocar las funciones de oficial electoral al secretario municipal o a un funcionario del municipio. Cada delegación y revocación debe ser aprobada por el prefecto.
La función principal de la Comisión Electoral es el mantenimiento y actualización de las listas electorales. Incluyen a los ciudadanos que son elegibles para ser votantes y no han incurrido en la pérdida permanente o temporal de su derecho electoral activo. La inscripción se lleva a cabo: la Comisión Electoral también designa los centros de votación.